Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/800871
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Segunda Parte; Pág. 15
ENERVANTES, POSESION DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Segunda Parte; Pág. 15
El delito contra la salud en su modalidad de posesión de enervantes se consuma por la voluntaria tenencia de la sustancia, independientemente de la finalidad ulterior delictiva que pueda dársele; es de los delitos que la doctrina considera como de simple actividad y que no requiere un resultado material, pues la lesión se consuma por la sola tenencia.
Precedentes
Amparo directo 3261/62. Santos Alvarado Cortés. 5 de octubre de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.