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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800887
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 40
CONTRATO DE TRABAJO, TERMINACION VOLUNTARIA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 40
Estimándose probada la terminación voluntaria del contrato de trabajo, con la documental que obra en los autos, en que además de manifestar el actor su voluntad de dejar de prestar sus servicios a la empresa, se daba por pagado de todas y cada una de las prestaciones, cualquier actitud que redundantemente hubiera asumido la empresa con posterioridad a la fecha de tal documento, como lo fue que hubiera comunicado a la Junta la rescisión del contrato por causa de embriaguez en el trabajo y que además se hubiera excepcionado en tal sentido ante la Junta, ningún efecto jurídico podía haber producido por haberse dado por terminada la relación contractual con anterioridad.
Precedentes
Amparo directo 2051/58. Jesús Hernández Reséndiz. 11 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.