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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Segunda Parte; Pág. 55
REPARACION DEL DAÑO, CONDENA SIN ESPECIFICAR CUANTIA (CONSECUENCIAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Segunda Parte; Pág. 55
Indebidamente el sentenciador condena al pago de la reparación del daño sin precisar la cuantía; por tanto, procede la concesión del amparo para el solo efecto de que en nueva resolución y con las pruebas existentes en autos se determine el monto, de ser posible, o de lo contrario se absuelva por dicho concepto al quejoso.
Precedentes
Amparo directo 3507/61. Francisco Ocaña Hernández. 17 de enero de 1962. Cinco votos. Ponente: Alberto R. Vela.