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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800901
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 128

PRUEBA PERICIAL, VALORACION DE LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 128

Precedentes

Amparo directo 7859/64. María Morales de Urrutia. 10 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LIII, página 88. Amparo directo 5723/60. Julia Rodríguez. 30 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 800901