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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800905
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXIV, Primera Parte; Pág. 23

EMBARGO. EL INCIDENTE OBSTATIVO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 955 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE MICHOACAN, ES INCONSTITUCIONAL.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXIV, Primera Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 6435/60. Cleófas Galán Campa. 17 de octubre de 1967. Unanimidad de quince votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Primera Parte, Volumen CXX, página 27, tesis de rubro "LANZAMIENTO Y EMBARGO PRECAUTORIOS ESTABLECIDOS POR EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE MICHOACAN.".
Registro digital (IUS): 800905