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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800911
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 42
PRUEBAS, OMISION DE SU ESTUDIO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 42
La soberanía que a las Juntas concede el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo no las autoriza para omitir el estudio de las pruebas aportadas a los autos.
Precedentes
Amparo directo 1116/59. José Caballero Reyna. 11 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.