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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 9
ACUMULACION DE PENAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 9
Si en la especie no se trata de sancionar un solo hecho que se pueda considerar bajo diversos aspectos y con el cual se violan dos disposiciones penales; sino que se está en presencia de dos conductas distintas cometidas en diversos actos y que lesionan dos bienes jurídicos diferentes, se deben acumular las sanciones de los dos delitos por los que se condenó.
Precedentes
Amparo directo 7472/61. José Luis González. 7 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.