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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800919
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXX, Primera Parte; Pág. 63

ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES PARA FINES ESPECIFICOS. EL ARTICULO 125, FRACCION XII, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, REFORMADO POR DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1955, NO INFRINGE EL ARTICULO 13 CONSTITUCIONAL, POR NO SER UNA LEY PRIVATIVA.

[J]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXX, Primera Parte; Pág. 63

Precedentes

Volumen XCII, Primera Parte, página. 18. Amparo en revisión 5384/56. Inmobiliaria Geme, S. A. y coagraviados. (Acumulados). 9 de febrero de 1965. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen CVI, Primera Parte, página 60. Amparo en revisión 1431/59. José Lamas García. 26 de abril de 1966. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen CX, Primera Parte, página. 11. Amparo en revisión 2507/58. Régulo Barrios, sucesión. 9 de agosto de 1966. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez. Volumen CX, Primera Parte, página 11. Amparo en revisión 5426/61. Guillermo Enciso Domínguez. 16 de agosto de 1966. Unanimidad de quince votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra. Volumen CX, Primera Parte, página 11. Amparo en revisión 1516/58. Lauro L. Martínez. 23 de agosto de 1966. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 800919