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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
800960
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Cuarta Parte; Pág. 12

AGRAVIOS, EXAMEN QUE DE ELLOS DEBE HACER LA RESPONSABLE.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Cuarta Parte; Pág. 12

Precedentes

Amparo directo 5719/64. Salvador Ríos Vázquez. 15 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXXVI, página 9. Amparo directo 601/58. María Eugenia Muro. 14 de octubre de 1963. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen LXXIV, página 9. Amparo directo 3373/60. Petróleos Mexicanos. 1 de agosto de 1963. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Registro digital (IUS): 800960