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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 800980
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 10
ADULTERIO, EL ESCANDALO COMO ELEMENTO DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 10
El elemento escándalo se encuentra comprobado en virtud de que obran en autos ejemplares de periódicos donde se anuncia el nacimiento de un menor como hijo de los inculpados, lo cual redundó en una publicidad afrentosa para la ofendida quien habita en la misma población, por lo que la autoridad responsable al tener por comprobado el cuerpo del delito y la responsabilidad penal de los inculpados, no incurrió en las violaciones legales que se le atribuyen en la demanda de amparo.
Precedentes
Amparo directo 7877/60. Ramón de la Mora. 25 de septiembre de 1961. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Manuel Rivera Silva.