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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 90
REINCIDENCIA (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 90
No es exacto que las disposiciones que rigen en materia de reincidencia en los artículo 17 y 65, del Código Penal del Estado de Sonora, sólo se apliquen a los delitos intencionales, porque dichos preceptos no establecen excepciones.
Precedentes
Amparo directo 4643/61. Ramón Polanco Cárdenas. 21 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.