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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801024
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXVI, Primera Parte; Pág. 22

INFORME JUSTIFICADO TARDIO.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXVI, Primera Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo en revisión 6322/61. Algodonera América, S. A. y coagraviados. 22 de octubre de 1963. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Mario G. Rebolledo. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen LXXIII, página 10. Amparo en revisión 814/55. José Guillermo Pimentel M. 2 de julio de 1963. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mario G. Rebolledo. Volumen LXIX, página 16. Amparo en revisión 6430/61. Luis H. Avila y coagraviados. 19 de marzo de 1963. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Angel González de la Vega. Volumen XXXIV, página 39. Amparo en revisión 1053/58. Panificadora Melias, S. de R. L. 26 de abril de 1960. Quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XXXIV, página 39. Amparo en revisión 7440/57. Panificadora Melias, S. de R. L. 26 de abril de 1960. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 801024