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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801026
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 72
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 72
Si la pena individualizada concuerda con la peligrosidad revelada por el acusado y con las circunstancias objetivas y subjetivas concurrentes, debe negarse el amparo si no tiene más efectos que obligar a la autoridad responsable a razonar dicha pena y para no convertir el juicio de garantías en un recurso casacionista.
Precedentes
Amparo directo 424/61. Juan Hernández Hernández. 24 de julio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.