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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801028
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 88
ROBO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 88
Aun cuando el artículo 115 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal establece que el cuerpo del delito de robo, se justificará, entre otros medios, por la prueba de la preexistencia, propiedad y falta posterior de la cosa materia del robo, el mismo precepto concede preferencia a la confesión del inculpado para justificar el cuerpo del delito, aceptando aquel medio sólo a falta de éste.
Precedentes
Amparo directo 691/61. Román Gordillo Balderas. 6 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.