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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Segunda Parte; Pág. 13
POLICIAS, VALOR DE SUS TESTIMONIOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Segunda Parte; Pág. 13
Cuando los agentes policiacos declaran como testigos de cargo, y tanto de sus declaraciones como de los datos que se derivan de otras pruebas rendidas, se viene al conocimiento de que actuaron con ostensible violación de la ley y que sus declaraciones pugnan con la lógica de los hechos y con los demás elementos referidos, deben desestimarse sus testimonios, aceptando las demás pruebas, de acuerdo con el valor que se les atribuya previo análisis que se haga de acuerdo con las normas legales.
Precedentes
Amparo directo 4295/61. José Cruz Macías Pérez y Bartolo Flores Martínez. 15 de febrero de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.