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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 71
VIOLACION, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 71
Si no existe en autos dictamen médico sobre la ofendida, el Juez natural goza, en principio, de las más amplias facultades para la comprobación del cuerpo del delito, con tal que los medios empleados no sean contrarios a la moral o las buenas costumbres ni se opongan a las disposiciones legales.
Precedentes
Amparo directo 7769/60. Zenón Rodríguez Orozco. 7 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.