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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 10
CICATRIZ PERPETUA Y NOTABLE EN LA CARA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 10
El legislador al agravar la pena de lesiones que dejan cicatriz perpetua y notable en la cara se fundó en un motivo social para proteger la apariencia, debido al desagrado que causan las personas con cicatrices en la cara.
Precedentes
Amparo directo 589/61. Gloria Reyes Madrid. 19 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.