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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 274
REIVINDICACION IMPROCEDENTE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 274
La acción reivindicatoria es improcedente cuando el propietario del bien lo entrega a una persona voluntariamente en virtud de un acto jurídico concediéndole el derecho de retenerlo en su poder, pues en este caso para obtener la restitución del aludido bien deberá ejercitar las acciones derivadas de dicho acto jurídico.
Precedentes
Amparo directo 1165/59. José Alonso Méndez. 7 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.