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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 44
TESTIGOS, APLICACION DEL PRINCIPIO DE INMEDIACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 44
De acuerdo con el principio de inmediación, las últimas declaraciones merecen menos credibilidad y tienen menos fuerza de convicción que las primitivas declaraciones rendidas a raíz de los hechos, que son las que deben prevalecer.
Precedentes
Amparo directo 83/62. Marcelino Soto Lara. 27 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo directo 7938/61. José López de Dios. 6 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.