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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Quinta Parte; Pág. 13
CONTRATO DE TRABAJO, PRESUNCION DE SU EXISTENCIA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Quinta Parte; Pág. 13
Cuando un trabajador demanda prestaciones que hace derivar del contrato de trabajo y el demandado niega la existencia de la relación laboral, corresponde al reclamante probar esa relación, por ser uno de los elementos constitutivos de su acción; pero basta que acredite que trabajaba en el taller del demandado, para que se establezca la presunción de que desarrollaba las labores en beneficio de éste y, por lo mismo, que existía relación de trabajo entre las partes, correspondiendo en este caso al demandado destruir la presunción mediante prueba directa y fehaciente.
Precedentes
Amparo directo 462/60. Otilio Vergara Franco. 20 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.