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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 25
EXCLUYENTES, DEBEN PROBARSE PLENAMENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 25
La Primera Sala de la Suprema Corte ha sostenido en jurisprudencia firme, que las excluyentes de incriminación y las modificativas del delito, para que operen en derecho, deben de estar plenamente comprobadas.
Precedentes
Amparo directo 617/62. Enrique Tamahuaya López. 30 de julio de 1962. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.