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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801131
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Cuarta Parte; Pág. 65
SIMULACION Y ACCION PAULIANA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Cuarta Parte; Pág. 65
Cuando se intentan las acciones de simulación y pauliana, la preferencia en el estudio de ellas corresponde a la simulación, pues es indudable que ésta si procede, no habiendo contrato, es improcedente la pauliana, que sólo puede prosperar si no existe la simulación.
Precedentes
Amparo directo 3899/61. Agustín Silveyra Avila y coagraviados. 8 de mayo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen III, página 191. Amparo directo 4403/54. Procopio Pérez. 18 de septiembre de 1957. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Quinta Epoca:
Tomo LXV, página 4608. Amparo civil directo 5410/39. Aguirre Serapio y coagraviados. 24 de agosto de 1940. Mayoría de tres votos. El Ministro Sabino M. Olea, no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente y Ponente: Agustín Aguirre Garza.