Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/801142
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801142
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 20

COMPRAVENTA EN ABONOS, RESCISION POR FALTA DE PAGO DE LAS LETRAS QUE GARANTIZAN EL PRECIO EN LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo directo 9275/61. Porfirio García Díaz. 25 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XIV, página 123. Amparo directo 5715/57. María Encarnación Galíndez viuda de Blancas. 13 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Nota: En el Volumen XIV, página 123 esta tesis aparece bajo el rubro "COMPRA VENTA, RESCISION POR FALTA DE PAGO DE LAS LETRAS QUE GARANTIZAN EL PRECIO. PRESCRIPCION DE ESTAS.".
Registro digital (IUS): 801142