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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 69
ROBO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 69
Se acreditó el cuerpo del delito de robo, de acuerdo con la fracción III del artículo 115 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, pues se demostró que el acusado tuvo en su poder un objeto que, por sus circunstancias personales, no pudo adquirir legítimamente y tampoco justificó su procedencia, mismos elementos que son plenamente demostrativos de la responsabilidad del quejoso, con fundamento en el artículo 261 del invocado código procesal.
Precedentes
Amparo directo 8248/60. Jorge Espinosa Contreras. 17 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.