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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 46
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 46
No se desprende que el reo haya obrado repeliendo una agresión con las características que para la integración de la justificante por defensa legítima establece la ley, si no se comprobó que la víctima llevara armas, y en este sentido declaró el acusado, quien sólo expresó que aquél hizo intento de sacar alguna arma, pero que no llegó a realizarlo. En las condiciones apuntadas, debe desecharse la excluyente de referencia, por ausencia del elemento agresión.
Precedentes
Amparo directo 4345/59. Ciro García Rodríguez. 11 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.