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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 48
CONFESION CALIFICADA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 48
La confesión tiene el carácter de calificada por introducirse en ella una circunstancia excluyente de responsabilidad; y tal confesión calificada no contradicha hace prueba plena y debe admitirse tanto en lo que perjudica como en lo que beneficia a quien la produce, principio que interpretado a contrario sensu lleva a admitir el fraccionamiento de la confesión cuando ésta aparezca desvirtuada en parte.
Precedentes
Amparo directo 8036/60. Gabino Avalos Rojas. 3 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.