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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801258
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 107
TESTIGO SINGULAR, APRECIACION DE SU DICHO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 107
Debe concederse la protección constitucional solicitada por el quejoso, si no existe en autos más que la imputación que le hace un testigo, la cual no encuentra corroboración alguna en las demás constancias procesales, por lo que la prueba resulta insuficiente.
Precedentes
Amparo directo 5281/58. Joaquín Ibáñez y coagraviado. 27 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.