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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 75
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 75
Cuando la autoridad responsable recoge propiamente las consideraciones hechas por el Juez de primera instancia, no hay violación de garantías en lo tocante a la individualización de la pena, si el Juez razonó el arbitrio judicial y la pena fue correctamente impuesta.
Precedentes
Amparo directo 6820/60. Rito Torres Rodríguez. 20 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.