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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 23
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 23
La sanción condicional no es un derecho del acusado, sino una facultad discrecional del juzgador y, para que proceda, debe tomarse en cuenta el índice de peligrosidad que revela el solicitante.
Precedentes
Amparo directo 6489/60. Agripino Padilla Rodríguez. 22 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.