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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801354
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 53
PERITOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 53
Si la responsable da valor legal a un peritaje, y tanto el acusado como su defensor tuvieron oportunidad de nombrar peritos y aun de redargüir de falsedad dicho peritaje durante la instrucción, y no lo hicieron, resulta improcedente el agravio en que se objete el referido peritaje.
Precedentes
Amparo directo 4867/59 José Otilio Lázaro de Jesús Pérez Villafuerte. 27 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.