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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 66
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 66
Conforme al principio de inmediación que ha sustentado uniformemente la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las diligencias posteriores no invalidan para nada el valor probatorio de las primeras.
Precedentes
Amparo directo 4365/60. Leopoldo Nonato Salas. 28 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.