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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 45
CUMPLIMIENTO DEL DEBER O EJERCICIO DE UN DERECHO. POLICIAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 45
La orden que dice el policía acusado de haber recibido del comisario de policía, para conducir a una persona, no justifica el medio empleado de lesionar a ésta y privar de la vida a otra, ya que para que opere la excluyente se requiere que los deberes y derechos estén consignados en la ley.
Precedentes
Amparo directo 800/60. Miguel Alvarez Granillo. 22 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.