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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801401
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Tercera Parte; Pág. 47
PRECIOS, PROCEDIMIENTOS DE MODIFICACION Y REVOCACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Tercera Parte; Pág. 47
Existen diferencias que median entre un procedimiento de modificación y un procedimiento de revocación de precios. En el procedimiento de modificación, quedaría subsistente el acto combatido, mientras no se oyera a la parte quejosa y no se llegara a dictar la resolución que estableciera la modificación, en tanto que, en la revocación, se deja sin valor el acto reclamado y, por lo mismo, quedan subsistentes las anteriores resoluciones, mientras no se dicte el nuevo acuerdo, que podría ser del mismo contenido que la resolución reclamada. Ahora bien, si la garantía de audiencia se violó por no haberse seguido un procedimiento antes de dictarse la revocación, la propia garantía sólo queda restablecida si se oye a la quejosa en un procedimiento de revocación, y no en un procedimiento de modificación.
Precedentes
Queja 243/59. Laboratorios Doctomex, S. A. 8 de agosto de 1963. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.