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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801411
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIII, Cuarta Parte; Pág. 40

NOTARIOS, TESTIMONIOS DE LOS.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIII, Cuarta Parte; Pág. 40

Precedentes

Amparo directo 5597/61. Guillermo Gómez Arzapalo. 3 de septiembre de 1962. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XIII, página 259. Amparo directo 2545/56. Carlos Herrán Rubio. 3 de julio de 1958. 5 votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 801411