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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Quinta Parte; Pág. 48
PETROLEOS. CONTRATO COLECTIVO. VACANTES POR MUERTE EN CASO DE SUSTITUCION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Quinta Parte; Pág. 48
Habiendo aceptado el trabajador que su contrato se encontraba sujeto a una condición resolutoria que se presentó por la defunción del trabajador fallecido, dicha muerte extinguió la relación contractual establecida entre él y Petróleos Mexicanos, haciendo definitiva la ausencia del obrero a quien sustituía y por tanto hizo también definitiva la vacante del puesto, imponiendo a esta empresa la obligación de cubrirlo en los términos establecidos por la cláusula 4a. del contrato colectivo de trabajo, sin que el actor en su carácter de sustituto pudiera crear derechos a la plaza, ya que éstos sólo pueden obtenerse en los términos de la contratación colectiva mediante los procedimientos escalafonarios y boletinación respectivos.
Precedentes
Amparo directo 7745/60. Benito Vázquez Sánchez. 16 de marzo de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.