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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 26
ACCION REIVINDICATORIA, SUBSISTENCIA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 26
La acción reivindicatoria es imprescriptible y se mantiene potencialmente viva durante todo el tiempo que subsiste el dominio, ya que sería inconcebible que alguien, manteniendo intacto su derecho de propiedad, no pudiera reclamar la entrega de lo que es suyo, rescatándolo de manos de terceros. Cosa distinta sería que el actor hubiera perdido la propiedad por virtud de haberse operado la usucapión a favor del poseedor, porque entonces la carencia de acción reivindicatoria no derivaría de haberse extinguido por prescripción negativa dicha acción, sino de haber dejado el actor de ser propietario del inmueble, lo cual es muy distinto.
Precedentes
Amparo directo 504/56. Isidro López Zertuche. 11 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.