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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801484
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XIV, Primera Parte; Pág. 21
COMPETENCIA POR EL LUGAR DE COMISION DEL DELITO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XIV, Primera Parte; Pág. 21
Cuando dos o más Jueces de diversos Estados, dirimen una competencia y las disposiciones legales relativas sean las mismas en sus correspondientes legislaciones, en el sentido de estimar que es competente el Juez del lugar donde se cometió el delito principal, salvo el caso de acumulación, la competencia se resolverá en los términos de dichas disposiciones.
Precedentes
Competencia 27/58. Juez Primero Mayor de Ciudad Guzmán del Estado de Jalisco y el Juez de lo Penal de Colima. 12 de agosto de 1958. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.