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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 213
HOGAR CONYUGAL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 213
Cuando la mujer se encuentra prácticamente en una casa ajena, sujeta a las disposiciones que en ella dicten los padres del marido y obligada, inclusive, a acatar sus órdenes de desalojar la casa por ser ellos los jefes de la misma, tal casa no puede estimarse propiamente como hogar conyugal, en el que los cónyuges deben tener derechos propios de gobierno y de permanencia.
Precedentes
Amparo directo 6798/57. Juan Francisco Ruiz. 19 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.