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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 56
INGRESOS REALMENTE PERCIBIDOS, DETERMINACION DE LOS. NO ES APTA LA INTERVENCION DE NEGOCIACIONES, PARA LA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Tercera Parte; Pág. 56
De acuerdo con los artículos 63 y 68 de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, las autoridades fiscales tienen fijado un procedimiento para la investigación de los ingresos y la determinación del impuesto, pero no están autorizadas para intervenir negociaciones durante un término breve, para después hacer un promedio de los ingresos, el cual no concuerda nunca con la realidad.
Precedentes
Revisión fiscal 478/61. Julián Melamed Godlevich. 2 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen LVII, página 86. Revisión fiscal 363/60 Covo y Compañía, S. A. 7 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota: En el Volumen LVII, página 86, esta tesis aparece bajo el rubro "INGRESOS REALMENTE PERCIBIDOS. DETERMINACION DE LOS, NO ES APTA LA INTERVENCION DE NEGOCIACIONES PARA LA (LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES).".