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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801536
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Quinta Parte; Pág. 52

SEGURO SOCIAL. LA GRATIFICACION POR ANTIGÜEDAD, DEBE CONSIDERARSE COMO PRESTACION EXTRAORDINARIA.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Quinta Parte; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 8988/61. Instituto Mexicano del Seguro Social. 8 de agosto de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.
Registro digital (IUS): 801536