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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801539
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Tercera Parte; Pág. 30
MOTIVACION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Tercera Parte; Pág. 30
No debe atenderse para los efectos de motivación del acto reclamado del artículo 16 constitucional, a los motivos expresados en un dictamen que, aunque anexado al informe justificado, no fue citado en el cuerpo de la resolución reclamada ni, por lo mismo, formó parte de ella.
Precedentes
Amparo en revisión 186/61. Cooperativa de Trabajadores de Autotransportes México-Morelia-Guadalajara, S. C. L. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.