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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 96
DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 96
En los juicios de divorcio no puede admitirse que exista domicilio conyugal, cuando los cónyuges no viven en uno propio, sino en el de los padres del marido o de la esposa.
Precedentes
Amparo directo 3478/58. Amparo Coutiño de Sánchez. 27 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen V, página 69, tesis de rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".
Volumen VII, página 162, tesis de rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".