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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801608
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 36

AMPARO, CUESTIONES QUE NO PUEDEN PLANTEARSE EN EL.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 36

Precedentes

Amparo directo 7197/57. Ricardo Soto Fernández. 12 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen VII, página 17. Amparo directo 4518/57. Secretario de Agricultura y Ganadería. 29 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante. Volumen VII, página 16. Amparo directo 4097/56. Gonzalo Trujillo Rodríguez. 16 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Volumen V, página 22. Amparo directo 3205/56. Instituto Mexicano del Seguro Social. 28 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo. Volumen V, página 22. Amparo directo 4473/57. Margarita Moreno Cruz. 13 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Volumen III, página 28. Amparo directo 5939/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 18 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Nota: En el Volumen V, página 22, esta tesis aparece bajo el rubro "ACTO RECLAMADO, APRECIACION DEL. EXCEPCIONES.".
Registro digital (IUS): 801608