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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Tercera Parte; Pág. 17
CLAUSURA. INTERES JURIDICO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Tercera Parte; Pág. 17
Si el quejoso no cuenta con licencia que autorice el funcionamiento de su negocio comercial, y el giro correspondiente se encuentra reglamentado, la orden de clausura y su ejecución no son actos que afecten los intereses jurídicos del reclamante.
Precedentes
Amparo en revisión 1297/67. Jesús Quintana Fernández. 5 de julio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XXXIV, página 23, tesis de rubro "CLAUSURA, INTERES JURIDICO.".
Volumen XCVIII, página 13, tesis de rubro "CLAUSURA, INTERES JURIDICO EN EL AMPARO CONTRA LA ORDEN DE.".
Volumen CVIII, página 25, tesis de rubro "CLAUSURA DE GIRO COMERCIAL. NECESIDAD DE ACOMPAÑAR LA LICENCIA RESPECTIVA PARA DEMOSTRAR EL INTERES JURIDICO DEL QUEJOSO.".