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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 162
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 162
Si después de haber sido acometido a tiros por el ofendido y cuando éste le daba la espalda por habérsele agotado la carga, el inculpado lo siguió, causándole una lesión mortal, obró fuera de la eximente, toda vez que ya el peligro "de presente" había cesado y únicamente actuó por vengar la afrenta.
Precedentes
Amparo directo 4720/58. José Avila Tapia. 27 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.