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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 21
ALEVOSIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 21
Si después de haberse cruzado en el camino acusado y ofendido, aquél le disparó a éste, cuando le daba la espalda, ello denotó alevosía por parte del infractor, toda vez que ignorando el ofendido que iba a ser atacado, o sea, sin darle oportunidad a evitar la acometida y, por consiguiente, sin correr ningún riesgo, el agente consumó el daño letal.
Precedentes
Amparo directo 3078/58. Margarito Bernal Chávez. 14 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.