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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801746
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Quinta Parte; Pág. 41

CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL, NO DA DERECHO AL DE PLANTA.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Quinta Parte; Pág. 41

Precedentes

Amparo directo 7543/61. Petróleos Mexicanos. 24 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Amparo directo 558/62. Gregorio Cobos Gallardo. 24 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen LXXXVI, página 14. Amparo directo 2545/61. Petróleos Mexicanos. 24 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 106, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, Cuarta Sala, página 74. En el Volumen LXXXVI, página 14, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. LAS CONTRATACIONES TEMPORALES, NO OTORGAN DERECHO A LAS DE PLANTA.".
Registro digital (IUS): 801746