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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801753
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Tercera Parte; Pág. 12
AGRARIO. DOTACION DE TIERRAS. DEBE EJECUTARSE INMEDIATAMENTE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Tercera Parte; Pág. 12
La actitud omisa de las autoridades en cumplimentar una resolución presidencial no puede justificarse, ya que la ejecución de las resoluciones presidenciales dotatorias de tierras a los núcleos de población es de orden público, y la sociedad y el Estado están interesados en que no se demore el cumplimiento de dichas resoluciones, pues ello origina perjuicios a los núcleos beneficiados con violación de las garantías que les otorgan los artículos 14 y 16 de la Constitución General de la República.
Precedentes
Amparo en revisión 9683/64. Anastasio Nativitas y coagraviados. 11 de noviembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXIX, Tercera Parte, página 11, tesis de rubro "AGRARIO CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES PRESIDENCIALES.".