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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801788
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Tercera Parte; Pág. 37
AGRARIO. TERCERO EXTRAÑO EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DE UNA RESOLUCION DOTATORIA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Tercera Parte; Pág. 37
Si una resolución presidencial dotatoria de tierras no incluye ni menciona el terreno del quejoso, no es debido que se le comprenda en la ejecución de la misma; por lo mismo, es ajeno y tercero extraño tanto en el procedimiento de que emana la resolución, cuanto en el procedimiento de su ejecución y la inminencia de que sea afectado su terreno en actos de ejecución se traduce en violación de las garantías individuales consignadas en los artículos 14 y 16 de la Constitución.
Precedentes
Amparo en revisión 224/61. Jorge Gutiérrez y coagraviados. 17 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.