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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 200
IMPRUDENCIA. PRUEBA DE LA RESPONSABILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 200
La responsabilidad penal derivada de culpa o imprudencia debe probarse plenamente, pues por cuanto a ella la ley no consigna ninguna presunción iuris tantum, como sucede tratándose de delitos intencionales (artículo 9o. del Código Penal Federal).
Precedentes
Amparo directo 5184/57. Víctor Sánchez Sanabria. 25 de noviembre de 1958. Ponente: Rodolfo Chávez S.